el Tribunal notifica de la misión a cumplir a la Gerente de la Entidad Miriram Pinto, titular de la cedula de identidad N° 10.231.037, la misma una vez verificado, informa que la cuenta señalada no posee disponibilidad, igualmente informa que la misma fue cancelada en el mes de Junio del presente año. A continuación intervienen los abogados actores y exponen: "Solicitamos al Tribunal se traslade a otra dirección, que informare oportunamente a fin de practicar la medida de embargo preventivo". Seguidamente el Tribunal acuerda de conformidad con la solicitud