Por todas las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia constituido en funciones de Juicio, del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ABSUELVE por falta de pruebas que comprometan el principio de la presunción de inocencia a las acusadas: YULEIMA ANDREA MONTOYA RIOS y ELSA MARIA ORTEGA, plenamente identificadas en autos, de la acusación formulada en su contra por el Ministerio Público, quien le imputo la comisión del delito de TRANSPORTE ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, ilícito previsto y sancionado en el encabezamiento del articulo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.
En consecuencia, de la presente decisión, se ordena la libertad plena de las acusadas, hoy absueltas, dándosele cumplimiento a la decisión, desde la sala, de conformidad con lo estab.....