este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, especialmente por los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener, aprueba la mencionada justificación y declara a los ciudadanos LUIS ALBERTO HIGUERA ARRAIZ, GLORIA ESPERANZA HIGUERA MOGOLLON, LEONARDO ISRAEL HIGUERA MOGOLLON, JAIRO ALBERTO HIGUERA MOGOLLON Y JANITZIA MERCEDES HIGUERA MOGOLLON, plenamente identificados en autos, como los ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de la causante TEODORA ESPERANZA MOGOLLON DE HIGUERA,.