DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al ciudadano: OMAR DEL VALLE URBANO, Venezolano, mayor de edad, de estado civil: soltero, Indocumentado, hijo de Venancia del Carmen Urbano y Santo Espinosa, natural del Pilar Municipio Benítez, con fecha de nacimiento 14/03/1984, de profesión u oficio Agricultor, residenciado en: la calle Principal caserío Río Colorado, casa N° 33, por Los Pozotes Municipio Benítez, del Estado Sucre, por su presunta participación en la comisión del delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el articulo 277 del Código Penal, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO. Se deja constancia que se prescindió de emitir el pronunciamiento de la solicitud fiscal en Audiencia Oral (debatir los fundamentos de la solicitud fiscal), por cuanto de las actuaciones se evidencian que esta comprobado que el motivo de la solicitud fiscal esta ajustada a derecho, por la insuficiencia de elementos de convicción contra el imputado. De conformidad con el a.....