el Tribunal para resolver sobre su admisión pasa a decidir lo siguiente:
CAPITULO PRIMERO. LA DE INSTRUMENTOS.
PRIMERO: Los documentos que acompaño a los autos en el libelo de la demanda, marcados "B", "C", "D", "E", "F", "G", "H" "J" y "K", los cuales hace valer en este juicio.
De lo expuesto se evidencia de que trata de documentos que se encuentran en los autos antes de la oportunidad de la prueba y que el referido capítulo lo que contiene es una solicitud de aplicación del principio de la comunidad de prueba, que rige en todo el sistema probatorio venezolano y que el Juez está en el deber de aplicar de oficio siempre, sin necesidad de alegación de parte, por lo que se admite correspondiendo a esta juzgadora pronunciarse sobre el valor de tales instrumentos en la sentencia del mérito. ASI SE DECIDE.-
Con respecto al SEGUNDO, TERCERO y CUARTO: Consigna Marcado "D-1", "P-1" y "P-2", por no ser manifiestamente ilegal ni impertinente, se admite en cuanto ha lugar en derecho salvo .....