Este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: la Flagrancia según lo establecido en el articulo 234 del Código Orgánico Procesal Penal SEGUNDO: se acuerda el Procedimiento especial para el juzgamiento de los delitos menos graves articulo 354 del Código Orgánico Procesal Penal TERCERO: Se admitió la precalificación del delito realizada por el ciudadano Fiscal del Ministerio Público de delito de: POSESION ILICITA DE ARMA DE BLANCA previsto y sancionado en el artículo 273 del Código Penal, en concordancia con el articulo 277 ejusdem, para el ciudadano. JOSE MANUEL PERREIRA BERTIS y el delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD previsto y sancionado en el artículo 218 del Código Penal, en relación a los ciudadanos: JHOAN JOSE RAMIREZ GOYO, EDUID ENRIQUE CHIRINOS GONZALEZ, ROHANDRIS YEFFERSON RODRIGUEZ NAVAS .....