En virtud de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior del Trabajo de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR EL RECURSO DE APELACION interpuesto en fecha 02 de marzo de 2006, por el abogado José Ignacio Gutiérrez, en su condición de apoderado judicial de la parte actora, ciudadana Carmen Matilde Mirena Campos, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.107.996 y de este domicilio, en contra de la sentencia proferida por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, de fecha 24 de enero de 2006.
En consecuencia se ordena la remisión del presente asunto al juzgado a quo a los fines de que proceda a sentenciar el fondo de la controversia, a objeto de garantizar el principio de la doble instancia.