Es por la razones antes expuestas que este Tribunal de Control N° 3, del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley NIEGA LA ENTREGA DE VEHICULO al Ciudadano ALEXIS ARGENIS ARGUELLES MELENDEZ, titular de la cédula de identidad V-9-558-584. domiciliado en la Urb. La Pedregoza Sexta Terraza Avenida B1 Sector La Mora casa No. 39 Cabudare y asistido por el profesional en el ejercicio PEDRO RODRIGUEZ, de Vehículo un vehículo que según versión de la solicitante le pertenece, el cual tiene las siguientes características: Marca, Chevrolet, Modelo Chevette, Año 1.983, Color Vinotinto, clase Automóvil, Tipo Coupe, Placa PAG14L, Serial Motor 6DV203399, Serial Carrocería 5C116DV203399 Venezolana. Titular de la Cedula de Identidad N° , de conformidad con lo previsto en el articulo 311 del Código Orgánico Procesal Penal, remítase el presente asunto a la Fiscalía Novena del Ministerio Publico en su .....