En mérito de lo anteriormente expuesto, el Juez Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara en ejercicio de la función jurisdiccional conferida, con la finalidad de hacer efectiva una justicia accesible, imparcial, transparente, responsable, expedita, autónoma y equitativa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confieren la Constitución, la Ley y el Derecho, declara:PRIMERO: Con lugar las pretensiones del actor y se ordena al demandado a pagar los conceptos señalados en la parte motiva de este fallo, que se dan aquí por reproducidos, y lo que resulte de la experticia complementaria del fallo que se ordenó practicar. SEGUNDO: Se condena en costas a la parte demandada por el vencimiento total.