UNICO: Con los recaudos acompañados y la notificación de la Fiscal Décimo Quinta del Ministerio Público consignada, ha quedado comprobado el error, por lo que este Tribunal administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley ACUERDA rectificar dicha Acta de Matrimonio del ciudadano JOSÉ FELIX ESCOBAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 6.575.776, de este domicilio, en el sentido de que se asiente correctamente su numero de cedula: "6.575.776".- En consecuencia, se ordena a la Jefatura Civil de la Parroquia del Municipio Jiménez del Estado Lara y al Registrador Principal del Estado Lara, inserten la nota marginal correspondiente al Acta de Matrimonio Nº 10, folio 14vto, de fecha 14 de Noviembre del año 1.985. Queda firme en esta misma fecha.-