Por todo lo anteriormente expuesto, éste Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano. Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de La Ley, Niega la Solicitud de la Defensora Pública, de Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad para los acusados Ángel Manuel Martínez Bermúdez, Edito José Salazar Martínez, Nicasio Antonio Tovar Plaza y Rigor Alberto Sosa, plenamente identificados en actas procesales; de conformidad con el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal.