DISPOSITIVA
Con base a las razones que se dejan expresadas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la Abogada Zaida Josefina Monsalve Sánchez, en su condición de Defensora Pública Décima Sexta del ciudadano JOSÉ ENRIQUE PÉREZ YÉPEZ, contra la decisión dictada en fecha 01 de Marzo de 2012 y fundamentada el 15 de Marzo de 2012, por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio Nº 02 de este Circuito Judicial Penal del Estado Lara, mediante el cual condena al referido ciudadano a cumplir la pena de OCHO (8) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de OCULTACIÓN ILICITA DE DROGAS, previsto y sancionado en el segundo aparte artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas.
SEGUNDO: Queda así CONFIRMADA la decisión recurrida.-
TERCERO: Remítase la.....