Así las cosas, de los documentos anexos a la solicitud y las declaraciones de los testigos, ya identificados, quienes dieron fe y fueron contestes en conocer al solicitante y los hechos narrados en la solicitud, en consecuencia este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara TÍTULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO a favor de la ciudadana: MARIA VALERIA MENDOZA COLMENARES, venezolana, mayor de edad, divorciada, titular de la cédula de identidad N°: V- 18.356.423, de las bienhechurías construidas a expensas propias y trabajo personal ocupada de manera quieta, pacífica y notoria por más de 10 años, sobre un lote de terreno EJIDO, ubicado en la vía Principal Alcabala Vieja con calle Pavimento Rígido, en la Jurisdicción de la Parroquia Pio Tamayo, Municipio Andrés Eloy Blanco. Devuélvanse las actuaciones a la parte interesada. Cúmplase.
Dada, sellada y firmada en el Juzgado del Tribunal Segundo de Municipio Ordinari.....