En base a todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos y en atención a los meritos que de ellos se desprenden; este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la acción intentada por los ciudadanos EUDES CONTRERAS, LUIS NADAL, SIMON RIVERO, MARCOS RODRIGUEZ, GREGORIO SANCHEZ, YONNY COLMENARES y YORDANO CASTILLO, titulares de la cedula de identidad N° V- 12.262.585, V- 9.836.264, V- 7.597.454, V- 13.555.190, V- 11.082.764, V- 15.690.953 y V- 17.945.692, en su orden.