OTORGA, EL BENEFICIO DE SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, al ciudadano OMAR JOSE MARTINEZ HEREDIA, titular de la cédula de identidad N° 7.445.316, venezolano, de 41 años de edad, nacido el 30/01/1968 en Duaca Estado Lara, de ocupación Obrero, residenciado en sector Tinajitas vía El Eneal, casa sin numero Barquisimeto Estado Lara, por un lapso de un 01) año, cinco (05) meses y veintiocho (28) días, contados a partir de su primera presentación en la Unidad Técnica con sede en la ciudad de Barquisimeto Estado Lara, debiendo cumplir las condiciones establecidas en esta decisión, so pena revocatoria.
Notifíquese al Fiscal Décimo Tercero del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, al Jefe de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario del Estado Lara a la Defensa y al penada, indicando a este ultimo que el cese de la medida cautelar impuesta, debiendo comparecer por ante su delegado de prueba y consignar constancia, por ante este Tri.....