DECISION
En base a las consideraciones expuestas, este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dando cumplimiento a lo ordenado en Sentencia, se ejecuta la sentencia donde ordena a el adolescente (IDENTIDAD OMITIDA) de Tres (03) años y Cuatro (04) meses de privación de libertad, Ha permanecido detenido desde el 30-07-10 al día de hoy por Un (01) mes y Nueve (09) días, le falta por cumplir Dos (02) años Dos (02) meses y Veintiún (21) días, vence su Sanción el 30-11-2012 y la cual será cumplida en el Centro Socio Educativo Dr. Pablo Herrera Campins.
De conformidad con lo establecido en los artículos 49.3 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 12.2 de la Convención sobre los Derechos del Niño y 542 de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, que garantizan al joven sancionado el derecho a ser oído; se fija Audiencia de acuerdo a la disponibilidad de la agenda única del Tribunal, par.....