DISPOSITIVA:
En virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio Número Cinco del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide en los siguientes términos:
PRIMERO Se ABSUELVE al ciudadano HEMINIO ALI MIRABAL DOMINGUEZ, titular de la Cédula de Identidad N° 1.362.319, de 63 años de edad, Soltero, Medico Ginecólogo, nació en fecha 24-07-1943, residenciado en Carrera 24 entre calles 23 y 24, Nro. 24-83, de Barquisimeto Estado Lara, por la comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el art. 278 del Código Penal (d). En virtud de no encontrarse responsable penalmente de la comisión de dicho delito. SEGUNDO, se ordena el cese de las medidas cautelares impuestas al hoy absuelto, en la debida oportunidad procesal, de conformidad con el Articulo 366 del Código Orgánico Procesal Penal y asimismo se orde.....