DECISION
En razón a las anteriores consideraciones éste Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y Menores del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Declara SIN LUGAR la apelación intentada por el abogado en ejercicio FREDERICK COURI, en contra del auto proferido por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, que negó la homologación del mencionado desistimiento en el juicio intentado por INVERSIONES OLELIJOR C.A. y URIBE JORGE RAFAEL en contra de la empresa GLOBAL C.A. y ARANGUREN SERVA OLGA MARIA. Queda confirmado el auto apelado.
Notifíquese a las partes de acuerdo a lo establecido en el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil.
De conformidad con el Art. 248 del Código de Procedimiento Civil, expídase copia certificada de esta sentencia para ser agregada al libro respectivo.
Regístrese, publíquese y .....