Oída la exposición de las partes, y siendo que desde la fecha 28-11-2007, a la fecha de hoy transcurrido el termino o lapso por el cual se le impuso la sanción de LIBERTAD ASISTIDA, prevista y sancionada en el articulo 626 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, impuesta por el Tribunal de Control Nº 1 Sección Penal Adolescentes de este Circuito Judicial Penal, en fecha 06-11-2006, por el lapso de Nueve (09) meses, medida esta que fue realizada en parte por el equipo Multidisciplinarío adscrito a este Tribunal, a través de la cual el adolescente recibía orientaciones sicológicas y el respectivo seguimiento social, es por lo que este Tribunal de ejecución considera pertinente cesar la medida de Libertad Asistida, de conformidad con los artículos 645 y 647 literal "h" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y Adolescente, por el cumplimiento de la misma tanto en el lapso establecido como en las orientaciones impuestas en la presente causa. Cumpliéndose de.....