Este Tribunal, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Decide en los siguientes términos: Primero: Se admite la Acusación presentada por el Ministerio Público en contra del ciudadano Yonder José Colmenárez López, titular de la Cédula de Identidad Nº 24.340.800, por la comisión del delito de Ocultamiento Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el segundo aparte del artículo 31 de la Ley Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes. Se admite las pruebas ofrecidas por el Ministerio Público con excepción de la señalada en el numeral primero del Capitulo V de los Medios de Prueba del escrito acusatorio y se admiten las pruebas de la Defensa, por ser licitas, legales, pertinentes y necesarias a los fines de la celebración del Juicio Oral y Público. Segundo: El Tribunal una vez admitida la Acusación Fiscal se impone nuevamente al acusado Yonder José Colmenárez López, del Precepto Constitucion.....