este Juzgado del Municipio Moran de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA del presente proceso, de conformidad con la norma contenida en el Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil y ASÍ SE DECIDE. Se suspende la Medida de Prohibición de Enajenar y Grabar Inmuebles, decretada en fecha 08/06/2005, en consecuencia queda liberado el Lote de Terreno de 55 hectáreas, ubicado en el sitio denominado El Tamboral del caserío Villanueva, Registrado por ante el Registro Inmobiliario del Municipio Moran, bajo el Nº 4, folio 18 al 24, Protocolo Primero, Tomo Tercero, Cuarto Trimestre del año 2000. Ofíciese al Registro Inmobiliario del Municipio Moran de la presente suspensión.
Notifíquese a las partes la presente decisión. Librese boletas de Notificación