este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumanà, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta el Sobreseimiento de la causa, para MIGDALIA JOSEFINA RAMOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nª 14815858, residenciada en la urbanización Campeche sector 03, OCV, Villa Bernardo casa S/N cerca de la casilla Policial Estado Sucre, por el delito de LESIONES PERSONALES LEVES , previsto y sancionado en el articulo 416 del Código Penal en perjuicio de ALVARO JOSE RUIZ, venezolano, menor de edad, titular de la cedula de identidad Nª. 13221602, urbanización Campeche, sector 03, avenida rotaria frente a la defensa Civil Cumaná Estado Sucre, por extinción de la acción penal por prescripción; todo ello, conforme a lo establecido en el numeral 3 del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 48 numeral 8 ejusdem.