Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, en ejercicio de la facultad conferida en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal y con fundamento en lo dispuesto en el artículo 500 y 510 del mismo Código y 65 de la Ley de Régimen Penitenciario, resuelve: PRIMERO: OTORGAR la Formula Alternativa de Cumplimiento de Pena de Trabajo fuera del Establecimiento Penitenciario, a favor del penado JOSÉ LUÍS FARIÑA BLANCA, venezolano, de 20 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 19.761.745, casado, natural de Cumaná, nacido en fecha 08/11/1990, hijo de Margarito Salazar y Amarilis Fariña, de profesión u oficio obrero, residenciado en la Llanada, sector Villa Bolivariana, casa S/N, Cumaná, Estado Sucre quien fuera condenado a cumplir la pena de: OCHO (08) AÑOS DE PRISIÓ.....