UNICO: En mérito de las anteriores consideraciones, este Tribunal Primero de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara consumada LA PERENCIÓN en la presente solicitud de INSPECCION JUDICIAL formulada por la ciudadana CARMEN ANA ESPINOZA LEON, venezolana, mayor de edad titular de la cedula de identidad N° 652.161,