Por las razones precedentemente expuestas este Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, con sede en Barquisimeto, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide:
PRIMERO: Su COMPETENCIA para conocer y decidir en segunda instancia el juicio por reivindicación, interpuesto por el abogado Miguel Oropeza Suárez, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano PABLO JOSÉ HERNÁNDEZ, contra el ciudadano WILLIAM JOSÉ LEÓN, todos identificados.
SEGUNDO: SE ANULA la decisión dictada en fecha 10 de junio de 2014, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
TERCERO: INOFICIOSO pronunciarse sobre el recurso de apelación ejercido por la parte demandada.
CUARTO: INADMISIBLE la pretensión por reivindicación, de conformidad con los artículos 16 y 341 del Código de Procedimiento Civil.
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