En el día, 09-11-2006,, siendo las 10:00 a.m, día y hora fijada para que tenga lugar el ACTO DE REMATE, en este juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipio Puerto Cabello y Juan José Mora de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, encontrándose presente la Abogada: BERNARDETTE FIGUEIRA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 48.969, en su carácter de Apoderada Judicial de la Empresa DIQUES Y ASTILLEROS NACIONALES, C.A. (DIANCA), acordada por el Juzgado Primero .del Municipio Puerto Cabello, de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en el juicio que por SOLICITUD DE EJECUCION DE HIPOTECA NAVAL sigue DIQUES Y ASTILLEROS NACIONALES, C.A. (DIANCA) contra la Empresa NAVIERA FERMAR, C.A. Se le adjudico el Bien Inmueble a la Empresa DIQUES Y ASTILLEROS NACIONALES, C.A. (DIANCA), por cuanto la misma presento un crédito a su favor, y en contra de la Empresa Ejecutada..