Este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley y el Derecho declara:
PRIMERO: La falta de competencia de este Tribunal, en razón de la materia, en la demanda interpuesta por PEDRO JAVIER YOVERA y LUIS GERARDO VARGAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. 15.387.779 y 4.729.346 respectivamente, de este domicilio representados judicialmente por la Abogada en ejercicio DEISY MUÑOZ ORTEGA inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 36.491; en contra de SERVICIO TRANSPORTE OGV, C.A.. en virtud de que existen intereses involucrados del menor GERALD MOISES VARGAS DELGADO, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 25.526.607 representado por su madre ciudadana VILMA GRACIELA DELGADO YÉPEZ venezolana, may.....