Por los argumentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 9 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 256 ejusdem DECRETA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD A LOS IMPUTADOS : JORGE RAFAEL CAMACARO BENITEZ, cédula de identidad N° V-18.861.654, nacido en la ciudad de Barquisimeto, Estado Lara, el 24-10-1981, de 26 años de edad, Venezolano, Soltero, de Ocupación Ensamblador en la Oster, residenciado en el Barrio 5 de Julio, Calle 3 entre 2 y 3, Casa N° 2-22, en la esquina está una cancha y al frente de esa Cancha está la Licorería “La Poker” y CARMEN ALECIA PALMA MADRID, cédula de identidad N° V-9.626.955, nacido en la ciudad de Barquisimeto, Estado Lara, el 13-03-1971, de 36 años de edad, Venezolano, Soltero, de Ocupación Ama .....