Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, Este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Lo Penal, en Funciones de Ejecución, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de La Ley, de conformidad con lo previsto en los artículos 479, 480 y 482, del Código Orgánico Procesal Penal, EJECUTA la sentencia dictada en fecha 13 de Octubre del presente año por el Tribunal Quinto de Control de esta extensión judicial, a cargo de la Juez Maria Wetter, mediante la cual se condenó al ciudadano Danny Daniel Ramos Espinoza, venezolano, natural de Guiria Estado Sucre, de 27 años de edad, nacido en fecha 26-12-1982, titular de la Cédula de Identidad N° 19.124.890, de profesión u oficio Albañil, de estado civil soltero, hijo de Casilda Margarita Espinoza y Flor Danilo Ramos, y residenciado: en el Sector la Frontera, calle las Delicias, casa S/N°, cerca de donde quedaba la Gallera E.....