PRIMERO: Se decreta LA INHABILITACIÓN de la ciudadana CORAIDA NIETO ARDILA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 10.712.979, con todas las consecuencias legales que dicha declaratoria implica.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la sentencia definitiva consultada, dictada en fecha 20 de marzo de 2012, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida.
TERCERO: Por la naturaleza de la presente decisión, no hay pronunciamiento sobre costas.
Queda en estos términos CONFIRMADA la sentencia consultada