este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO FALCON, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: SE CONDENA por el procedimiento por admisión de los hechos al Ciudadano MELVIN ISMAEL ROMERO BLANCO, titular de la cédula de identidad Nº 26.991.801, por la comisión del delito de COAUTOR DEL DELITO DE HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO POR MOTIVOS FUTILES E INNOBLES delito previsto y sancionado en el artículo 406 ordinal 1 del Código Penal con las circunstancias agravantes del articulo 217 de la LOPNNA y las establecidas en el articulo 77 del Código penal numerales 1, 3, 5, 8, 11, en agravio del adolescente E.P.B (identidad omitida de conformidad con la LOPNNA), a cumplir la pena de DOCE (12) AÑOS DE PRISION, más las penas accesorias establecidas en el artículo 16 del Código Penal vigente, de conformidad con el articulo 3.....