Se declaró CON LUGAR la pretensión de amparo constitucional incoada por el ciudadano HERMES RONDON LEON, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 11.688.782, y de este domicilio, asistido por el abogado JONATHAN JOSE CILIBERTO RODRIGUEZ, inscrito en el IPSA bajo el N° 86.013, contra la SOCIEDAD MERCANTIL CLINICA LA NACIONAL, C. A., y en consecuencia: ORDENA a la SOCIEDAD MERCANTIL CLINICA LA NACIONAL, C. A., restituir en el ejercicio pleno de sus funciones laborales al ciudadano HERMES RONDON LEON, con el goce del salario y prerrogativas inherentes al cargo.