DISPOSITIVA
Este Tribunal en funciones de Ejecución Nº 01 de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, de conformidad con el artículo 628 paragrafo primero letra “c” de la ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente administrando Justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley acuerda: la PRIVACION DE LIBERTAD POR INCUMPLIMIENTO INJUSTIFICADO DE LA SANCION EN CONTRA DEL ADOLESCENTE identidad omitida, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº , fecha de nacimiento 03/03/87, domicilio en Mérida, cuya sanción deberá cumplirla en el Instituto Nacional del menor seccional Mérida, por el lapso de cinco (05) meses y seis (06) días contados a partir de la presente fecha la cual culminará en fecha 15-05-2005. SEGUNDO: En dicho lugar deberá llevársele un plan Individual, quien deberá participar la sicóloga, siquiatra, sicopedagogo y trabajador social y cualquier otro especialista que considere necesario la entida.....