este Tribunal Primero de Control del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente de este Circuito Judicial, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley acuerda, de conformidad con el artículo 314 del Código Orgánico Procesal Penal, conceder a la Fiscalía 11° del Ministerio Público una prorroga de NOVENTA (90) DÍAS