este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, con sede en Barquisimeto, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley procede declara con Lugar Autorización para viajar solicitada por la ciudadana GREGORIOA JOSEFINA CASAMAYOR, de la siguiente manera: UNICO: Se autoriza a la adolescente (Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) HIDALGO CASAMAYOR, venezolana, de dieciséis (16) años de edad, titular de la cedula de identidad Nº 23.836.101, para viajar a los Estados Unidos de América a la ciudad de Miami, con fecha de salida el día 23 de Diciembre de 2011, regresando a Venezuela el día 14 de Enero de 2011 quien viajará en compañía de su madre ciudadana GREGORIOA JOSEFINA CASAMAYOR, venezolana, mayor de e.....