DISPOSITIVA
Con fundamento en los razonamientos que anteceden, este Tribunal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, conforme a los artículos 371, 372 numeral 1 y 376 del Código Orgánico Procesal Penal, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, CONDENA a los acusados MANUEL CAMACHO RAMÍREZ, venezolano, mayor de edad, natural de Guanare Estado Portuguesa, de 29 años de edad, nacido en fecha 14-08-1983, de estado civil soltero, titular de la Cédula de Identidad N° V-17.003.391, hijo de Julio Camacho y María Alicia Ramírez, domiciliado en el Barrio Las Flores, calle 03, casa Nro. 01, Guanare Estado Portuguesa; y JOSÉ GREGORIO TOVAR QUEVEDO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-21.011.130, soltero, nacido en fecha 21-12-1979, de 24 años de edad, natural de Barinas Estado Barinas, hijo de Víctor Tovar (f) y Trina Quevedo, residenciado en el Barrio José Antonio Páez, Calle 01, ca.....