Por las razones expuestas, este Tribunal en Funciones de Control N° 6 administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara procedente la solicitud por lo que acuerda ampliar la presentación a cada treinta días ante la URDD del presunto imputado ciudadano, HUVER PEÑA VALENCIA identificado plenamente en el asunto, por la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONALES MENOS GRAVES, previsto y sancionado en el articulo 413 del Código Penal , por hecho cometido en perjuicio del ciudadano, Daniel Segundo Rodríguez, antes identificado. Notifíquese a las partes. Regístrese y Librese Boletas.