este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumana, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 293 y 294 del Código Orgánico Procesal Penal, resuelve: CON LUGAR la solicitud de entrega del vehículo formulada por la solicitante, en consecuencia se ordena la entrega a la ciudadana MARIA DE NUEVO, Venezolana, titular de la cedula de identidad nº V-14.126.150, domiciliada en Sector Tres Picos, calle camino Real, casa nº 95, Cumana, Estado Sucre, quien solicita la entrega de un vehículo, con las siguientes características: Marca FIAT, modelo PALIO 1.8R3P8V, color AMARILLO INDIANAPOLI, serial de carrocería 9BD17119H72965805, serial de motor H30295125, clase AUTOMÓVIL, tipo COUPE, placas RAP26X, ya descrito en la causa, quien conservará el vehículo bajo su responsabilidad y cuidado, pudiendo circular con dicho vehículo y realizar actos conservatorios y de disposición de dic.....