Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la Solicitud de Divorcio 185-A propuesta por los ciudadanos: JESUS ENRIQUE MEDINA TORIN y NEISY NOHELI FEO FONSECA, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre si, titulares de las cédulas de identidad Nros 22.096.227 y 25.435.830, respectivamente, de este domicilio, de conformidad con lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil.
SEGUNDO: Como consecuencia de la anterior declaratoria, queda DISUELTO el vínculo conyugal contraído por los referidos ciudadanos, en fecha diecinueve de agosto del dos mil once (19-08-2011), por ante el Registro Civil de la Parroquia Pimpinela, Municipio Páez, del estado Portuguesa, de conformidad con lo estable.....