Este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al ciudadano ANTONIO NIETO JIMÉNEZ, en los autos identificado, conforme lo establecido en el tercer literal del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el cuarto literal del artículo 48 eiusdem.
Por último se acuerda notificar a las partes de la presente decisión, dejando el tribunal expresa constancia de no haber convocado a una audiencia oral para debatir los fundamentos de la presente decisión, por no considerar tal audiencia necesaria para ello