Es por las razones antes expuestas que este Tribunal de Control Nº 5 del Circuito Judicial Penal del estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley fundamenta su Decisión en los términos siguientes:
PARRAFO UNICO: Se acuerda Declinar la Competencia y en consecuencia remite las actuaciones al Juez Natural, Tribunal de Control Nº 1 del Estado Falcón, extensión Punto Fijo, conforme al artículo 77 del Código Orgánico Procesal Penal.
Notifíquese a las partes.
Regístrese, publíquese.- Cúmplase lo ordenado.-