Por todo lo expuestos, este Tribunal de Primera Instancia de Responsabilidad Penal de Adolescente, en función de Control N° 02, administrando justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Homologa el convenio conciliatorio celebrado por las partes y acuerda la Suspensión de la causa a prueba por el lapso de un (01) año, en el proceso que se le sigue al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, ante identificado, por el delito de Robo Genérico, previsto y sancionado en el artículo 455 del Código Penal, ocurrido el día 10 de febrero de 2005; para que el imputado cumpla con las obligaciones impuestas, que finalizan el 04 de marzo de 2010. Se le advierte al acusado que cualquier cambio de residencia deberá ser comunicado al Ministerio Público o a este Tribunal. Asimismo que en caso de incumplimiento de las obligaciones serán revocadas y llevado a juicio; y en caso de que la cumpla se decreta el sobreseimiento de la misma. Se ordena la cesación de las medidas cautelares que cumplían. E.....