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Decisiones del dia 10/03/2014

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Primero de Juicio del Trabajo
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : KP02-L-2012-001664 N° Sentencia : Fecha: 10/03/2014
Procedimiento:
Cobro De Pretaciones Sociales
Partes:
DILCIA COROMOTO RODRÍGUEZ VS. GUANTES INDUSTRIALES DE LARA, C.A.
Resumen:
Sobre la defensa opuesta de prescripción, respecto a la supuesta "primera relación" llevada desde el 23 de octubre de 1983 al 19 de diciembre de 2002, como ya se estableció en el punto anterior, no existe en autos prueba fehaciente que desvirtúe la presunción de continuidad del vínculo, declarándose que se mantuvo una sola relación laboral que culminó el 27 de enero de 2009, por lo que se declara sin lugar. Sobre los derechos de la "segunda relación", la parte accionada pretende computar el lapso de prescripción desde la fecha de terminación (27 de enero de 2009), sin considerar el tiempo que duró el procedimiento administrativo, alegando que desapareció al ser declarada nula la providencia administrativa, debiendo retrotraerse dicho lapso nuevamente a la fecha indicada para determinar el año de prescripción previsto en el Artículo 61 de la Ley Orgánica del Trabajo vigente para ese momento. Al respecto es necesario resaltar que durante el procedimiento administrativo de reenganche .....
Juez/Ponente:
José Manuel Arraiz Cabrices
Organo:
Juzgado Primero de Juicio del Trabajo
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N° Expediente : KP02-L-2007-002841 N° Sentencia : Fecha: 10/03/2014
Procedimiento:
Cobro De Pretaciones Sociales
Partes:
MARIA SILVA VS. REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, EN EL ÓRGANO DEL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL TURISMO (POSADA TURÍSTICA EL CERRITO).
Resumen:
Como ya se comentó, la parte actora no hizo acto de presencia ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno al momento de anunciarse la audiencia de juicio por el alguacil respectivo; por lo que este Juzgador se ve en la obligación de aplicar los efectos señalados en el Artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en conexión con lo establecido por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en la sentencia Nº 810, del 18 de abril de 2006, que permite al trabajador iniciar nuevamente el juicio. Verificado en autos que la audiencia se fijó conforme a lo dispuesto por la Ley, con suficiente antelación y estando las partes a Derecho, resulta forzoso para quien sentencia declarar terminado el procedimiento por la incomparecencia de la parte demandante a la audiencia de juicio. Así se estabelece.
Juez/Ponente:
José Manuel Arraiz Cabrices
Organo:
Juzgado Primero de Juicio del Trabajo
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