PRIMERO: La Perención de la Instancia por abandono del trámite correspondiente al presente acción de Nulidad de Acto Administrativo de efectos particulares, ejercida por SINDICATO ÚNICO SOCIALISTA DE TRABAJADORES DE LA EMPRESA CERAMINAS CARIBE C.A., representada por su apoderada judicial abogada LISETT MENTADO, abogada en ejercicio inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 68.138., en contra de Acto administrativo contenido en la boleta de Inscripción y registro de Sindicato distinguido con el Nº 1078, dicado en fecha 09 de septiembre de 2011 por la Inspectoría del Trabajo del Estado Lara sede Pedro Pascual Abarca, de conformidad con lo establecido en la parte motiva del presente fallo, fundamentado en el Articulo 41 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa y una vez respetado el lapso de apelación se ordena su remisión al archivo judicial. Así se decide.-
SEGUNDO: Notifíquese a la Procuraduría General de la República.
TERCERO: No hay condenatorias en cost.....