DECISIÓN
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Primero Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el recurso de hecho intentado por el apoderado judicial de la parte actora en contra del auto del 07-02-2020 que negó oír la apelación interpuesta contra el auto de fecha 3 de febrero de 2020 dictado por el Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Palavecino y Simón Planas de la Circunscripción Judicial del estado Lara.
Queda así REVOCADO el auto apelado.
Expídase copia certificada conforme a lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil para ser agregada al libro copiador de sentencias llevado por este tribunal.
Regístrese, publíquese y remítase.