Es por estos razonamientos que este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PAEZ Y ARAURE DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio presentada por la ciudadana: LAURA DEL CARMEN MENDEZ DE GRIMAN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.840.855, domiciliada en Bosque en Urbanización 12 de Octubre, calle 9, casa N° 01 en el Municipio Araure, del Estado Portuguesa; debidamente asistida en este acto por el Abogado en ejercicio: FRANCISCO JOSE AGÜERO MUJICA, venezolano, mayor de edad, e inscrito en el Instituto de Previsión del Abogado bajo el número 248.995. De conformidad con lo establecido en el articulo 185 del Código Civil y en concordancia con la sentencia N° 1070 dictada con carácter vinculante por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha .....