Por los Razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuesto, Este Tribunal Segundo de Primera Instancia con Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda la libertad inmediata y sin restricciones del ciudadano ANTONIO RAMON CHIRINOS ACOSTA, portador de la cédula de identidad personal número V. 12.586496, de 35 de edad, venezolano, casado, T.S.U. Administración de Empresas, hijo del ciudadano Ramón Antonio Chirinos y la ciudadana Hayde Antonia Acosta de Chirinos, domiciliado en Urb. El Yavo, casa No. 1, vereda No. 1, al lado de la cancha de El Yavo, La Vela de Coro, Municipio Colina, del estado Falcón, de conformidad con lo establecido en los artículos 243, 244 del Código Orgánico Procesal penal, en concordancia con lo establecido en el artículo 9 del mencionado Código Orgánico Procesal penal, y 44, en su numeral 1 de la Constitución de la Republica B.....