DECISIÓN
Atendiendo a los razonamientos expresados, este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
o IMPROCEDENTE la solicitud de suspensión de los efectos -formulada por el abogado Javier Giordanelli, titular de la cedula de identidad número 10.734.014 inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 67331 con el carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil "INTERAMERICANA DE CABLES VENEZUELA S.A." de la "Certificación de Enfermedad Ocupacional Agravada por el Trabajo" con fecha de emisión 14 de junio del 2012, signada con el No. 120458 emanada de la Dirección Estatal de Salud los Trabajadores (Diresat Carabobo),