Por todos los fundamentos ampliamente expresados, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente, extensión Acarigua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, administrando Justicia en su nombre, dicta los siguientes pronunciamientos:
Primero: Declara Flagrante la aprensión del adolescente imputado IDENTIDAD OMITIDA conforme al artículo 234 del Código Orgánico Procesal Penal y 557 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. 2) Acuerda continuar las averiguaciones bajo los parámetros del procedimiento ordinario, se acoge la precalificación Fiscal de los hechos por los DELITOS DE ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 5 y 6, numerales 1, 2, 3, 10 de la Ley Sobre El Hurto y Robo de Vehículos Automotores, en perjuicio del ciudadano GRADIMAR ANTONIO RAMOS JUAREZ, Y el delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO.....