Vista la Solicitud formulada por el ciudadano RIGOBERTO ANTONIO VASQUEZ RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 7.743.295, asistido por el Abogado JOSE ANTONIO GOMEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 249.833; este Tribunal por cuanto observa que no se dio cumplimiento al auto de fecha 29 de marzo del 2023, en el cual este Tribunal, conforme a lo establecido en el artículo 199 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, insto al solicitante a indicar el objeto de la pretensión determinado con precisión, así como el fundamento de derecho en que se funda su solicitud, para lo cual se le concedió un lapso de tres días de despacho, precluyendo dicho lapso el día lunes 03 de abril del 2023, motivo por el cual se declara la INADMISION de la presente Solicitud.